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Claroscuro

27 septiembre 2026

Economía

La UE obliga desde este 27 de septiembre a mostrar un aviso sobre la garantía legal y la etiqueta EU GARAN en las tiendas españolas

El Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1960 introduce un aviso armonizado sobre la garantía legal de conformidad y una nueva etiqueta, EU GARAN, para productos con garantía comercial de durabilidad superior a dos años. La norma afecta tanto al comercio físico como al electrónico en España, donde la garantía legal de tres años se mantiene intacta.

La Unión Europea activa este 27 de septiembre de 2026 un nuevo sistema de información al consumidor que obliga a los establecimientos físicos y al comercio electrónico de España a incorporar un aviso armonizado sobre la garantía legal de conformidad y, cuando corresponda, la etiqueta EU GARAN. El Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1960 confirma expresamente que ambos elementos comienzan a aplicarse en esa fecha, con el objetivo de que el comprador identifique con claridad qué derechos le amparan antes de pagar.

El aviso sobre la garantía legal recuerda que todo producto defectuoso o que no cumpla lo acordado cuenta con una protección mínima. La normativa europea fija esa garantía en dos años, pero en España el plazo es más amplio: desde 2022 los bienes nuevos disfrutan de tres años de garantía legal. La entrada en vigor del nuevo aviso no reduce ni sustituye ese periodo, sino que lo hace más visible para quien compra.

El diseño del aviso no queda a criterio de cada comercio. La Comisión Europea ha establecido un formato común que incluye un código QR desde el que se accede a información adicional sobre la garantía legal. En las tiendas físicas deberá tener un tamaño mínimo A4 y podrá mostrarse en color o en blanco y negro. En las compras realizadas a través de una interfaz online, en cambio, tendrá que aparecer obligatoriamente en color.

La etiqueta EU GARAN es distinta del aviso sobre la garantía legal. Identifica productos cuyo fabricante haya decidido ofrecer gratuitamente una garantía comercial de durabilidad superior a dos años, siempre que cubra el producto completo y no solo alguna de sus piezas. Por tanto, no todos los artículos llevarán esta etiqueta: su presencia dependerá de que el productor ofrezca esa garantía adicional y facilite la información necesaria para mostrarla.

Cuando aparezca, la etiqueta indicará durante cuántos años el productor garantiza la durabilidad del producto e incluirá la marca, el modelo y un código QR con información complementaria. El objetivo es que el comprador distinga con rapidez una garantía comercial más amplia de los derechos que ya posee por ley, dos conceptos que durante años han podido prestarse a confusión. Una empresa puede ofrecer voluntariamente una garantía comercial, pero eso no elimina ni reemplaza la garantía legal que corresponde al consumidor.

Las obligaciones no se limitan a supermercados, grandes superficies o comercios tradicionales. También alcanzan las compras a distancia realizadas a través de interfaces online. En estos casos, tanto el aviso sobre la garantía legal como la etiqueta EU GARAN, cuando corresponda, tendrán que mostrarse de manera que el consumidor pueda conocer esa información antes de finalizar la compra. La Comisión Europea ha publicado archivos y directrices específicas para que vendedores y fabricantes utilicen correctamente los nuevos diseños.

En una tienda física, EU GARAN podrá encontrarse en el propio producto, en su embalaje o cerca del artículo. En Internet aparecerá asociada al producto correspondiente. De este modo, el distintivo acompañará a la oferta independientemente de si la compra se realiza delante de una estantería o desde una pantalla.

La nueva etiqueta tampoco implica que cualquier avería quede cubierta automáticamente durante los años que figuren en ella. Habrá que atender a las condiciones de la garantía comercial de durabilidad y a lo que esta cubra. Cuando se cumplan esas condiciones, el productor será responsable directamente frente al consumidor durante todo el periodo indicado. La normativa europea pretende que una promesa de mayor durabilidad pueda identificarse con facilidad y no quede escondida entre las condiciones comerciales.

El cambio forma parte de las medidas europeas destinadas a ofrecer más información al consumidor antes de comprar y a favorecer productos que duren más tiempo. Bruselas señala que el nuevo sistema busca también fomentar la competencia entre fabricantes dispuestos a ofrecer garantías de durabilidad más largas. Para el comprador español, el plazo de tres años de garantía legal en bienes nuevos se mantiene intacto y el nuevo aviso no lo modifica.

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Álvaro Delgado

Autor

Corresponsal internacional

Álvaro Delgado cubre para Claroscuro actualidad, política, economía, sociedad y cultura. Su trabajo se centra en la verificación, el contexto y explicaciones claras para los lectores.

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